El Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad Valenciana (CERMI-CV) ha presentado un extenso paquete de alegaciones al borrador del Proyecto de Decreto que regulará la Tipología y Funcionamiento de los Centros, Servicios y Programas de Servicios Sociales en la Comunitat Valenciana, así como a su Anexo detallado.
En total hay sido 95 alegaciones al Decreto, por el que se regula la tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de los servicios sociales de la Comunitat Valenciana, y su ordenación dentro de la estructura funcional, territorial y competencial del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales) y 68 alegaciones al Anexo de Centros, Servicios y Programas de los Servicios Sociales de Atención Primara Básico (APB), de Carácter Específico (APE) y de Atención Secundaria (ASec)
CERMI-CV valora el esfuerzo normativo, pero considera imprescindibles modificaciones sustanciales para asegurar que la nueva regulación se alinee plenamente con la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) y la legislación española vigente, especialmente la Ley 8/2021 sobre el apoyo al ejercicio de la capacidad jurídica.
Las alegaciones de CERMI-CV se centran en varios ejes fundamentales para garantizar una atención social verdaderamente inclusiva y basada en derechos:
- Accesibilidad Universal Real y Efectiva: Se demanda que la accesibilidad universal (física, sensorial, cognitiva y de la comunicación) sea un requisito transversal y verificable en todos los centros, servicios, programas, procedimientos e instrumentos, incluyendo formatos como la Lectura Fácil, Sistemas Aumentativos y Alternativos de Comunicación (SAAC), Lengua de Signos (LSE) y estenotipia. La accesibilidad no debe ser una mera declaración, sino una exigencia concreta y garantizada desde la puerta de entrada al sistema.
- Pleno Respeto a la Voluntad y Preferencias (Modelo de Apoyos): Se insta a una revisión sistemática de todo el texto para eliminar cualquier vestigio del anterior modelo de sustitución de la voluntad, asegurando el respeto absoluto a la voluntad, deseos y preferencias de las personas con discapacidad en la toma de decisiones sobre su propia vida y su proceso de intervención social (PPIS/PAI). Esto incluye garantizar la provisión de los apoyos necesarios para la participación efectiva y la toma de decisiones (incluyendo la figura de la persona facilitadora), superando modelos basados en el déficit y la sustitución de la voluntad, y la correcta aplicación de las figuras de apoyo previstas en la Ley 8/2021.
- Dotación de Recursos Suficientes y Especializados: CERMI-CV alerta que la efectividad del modelo depende críticamente de la dotación de recursos suficientes: personal con ratios adecuadas, tiempo para la intervención individualizada y comunitaria, y perfiles profesionales especializados (facilitadores, terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas, logopedas, pedagogos, psicólogos/as, sexólogos/as, mediadores/as comunicativos/as, asistentes personales, intérpretes LSE, etc.) en todos los niveles de atención, especialmente en APE y ASec. Se exige que la financiación sea adecuada y que los mecanismos (como los módulos económicos) permitan diferenciar según la intensidad de apoyo.
- Enfoque Inclusivo, Transversal y Centrado en la Persona: La perspectiva de la discapacidad debe incorporarse en todos los servicios (generales y específicos) y programas, no solo en los destinados explícitamente a este colectivo. Se requiere una atención verdaderamente individualizada, basada en un enfoque de capacidades y en los apoyos necesarios para cada persona, y un enfoque interseccional que considere la confluencia de la discapacidad con otros factores como género, origen, orientación sexual, etc.
- Vida Independiente y Desinstitucionalización: Se critica el modelo residencial tradicional y se exige priorizar alternativas basadas en la comunidad, como las viviendas con apoyo y la asistencia personal. Se pide la transformación de recursos obsoletos como los centros ocupacionales hacia servicios de apoyo a la inclusión sociolaboral en entornos ordinarios. Se aboga por reducir drásticamente el tamaño de las residencias.
- Garantías en Procedimientos y Derechos: Se solicitan mayores garantías en procedimientos clave como el consentimiento informado, el internamiento no voluntario, la baja forzosa de centros, el acceso a la información (HSU), la participación en órganos como los Consejos de Centro, y la gestión de sugerencias y quejas. Se exige formación obligatoria y continua para todo el personal en derechos humanos, modelo social de la discapacidad y comunicación accesible.
- Coordinación Efectiva: Se insiste en la necesidad de protocolos claros, mecanismos operativos y herramientas compartidas (como una HSU funcional) para asegurar una coordinación real y evaluable entre niveles (APB, APE, ASec), entre demarcaciones territoriales (Zona, Área, Departamento) y con otros sistemas públicos (Salud, Educación, Empleo, Vivienda, Justicia).
- Financiación y Desarrollo Normativo: Se cuestiona la cláusula de «coste cero» y se exige una garantía de financiación suficiente para implementar las mejoras. Se pide participación efectiva de usuarios, profesionales y entidades en el desarrollo de las Órdenes posteriores.
CERMI-CV considera que la aprobación de este Decreto es una oportunidad para modernizar los servicios sociales valencianos, pero solo si se incorporan estas alegaciones se podrá garantizar un sistema verdaderamente inclusivo, centrado en la persona, respetuoso con los derechos humanos y dotado de los recursos necesarios para ofrecer una atención de calidad a toda la ciudadanía, especialmente a las personas con discapacidad y otros colectivos en situación de vulnerabilidad.
La entidad insta a la Conselleria competente a estudiar detenidamente estas propuestas y a seguir con el diálogo constructivo para lograr una normativa final que esté a la altura de los retos y compromisos adquiridos en materia de derechos e inclusión social.