- La entidad reclama una inspección antes de la siguiente apertura del servicio, que se certifiquen en cinco días hábiles los medios disponibles y el mantenimiento realizado y que, si se acreditan deficiencias, se establezca un plan corrector y preventivo en un máximo de quince días hábiles
El Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunitat Valenciana (CERMI-CV) ha registrado ante el Ayuntamiento de El Campello una denuncia institucional a raíz de una incidencia comunicada como ocurrida el pasado 15 de agosto en un punto de baño accesible de la playa de Muchavista.
La denuncia, presentada este 18 de agosto y registrada con el número 2026-E-RE-13480, solicita al Ayuntamiento una actuación que permita esclarecer lo sucedido y comprobar de forma técnica y documental las condiciones reales de accesibilidad, seguridad y funcionamiento del servicio.
Según la información recibida por CERMI-CV, una persona usuaria con discapacidad habría necesitado ayuda para salir del agua en un contexto de posibles deficiencias relacionadas con la disponibilidad o la seguridad de los productos de apoyo. La entidad precisa, no obstante, que no dispone de acta municipal ni de informe técnico que permitan determinar la causa, el alcance o la duración de lo ocurrido y, por este motivo, no presenta estos extremos como hechos acreditados, sino que ha solicitado expresamente su comprobación.
“Acceder al baño y disfrutar de la playa en condiciones de igualdad, seguridad y autonomía es un derecho, no un favor. Precisamente por eso hemos pedido al Ayuntamiento que compruebe los hechos con rigor y actúe sobre cualquier deficiencia que resulte acreditada”, ha señalado el presidente de CERMI-CV, Luis Vañó Gisbert.
Inspección antes de la siguiente apertura
Entre las actuaciones reclamadas, CERMI-CV solicita que, antes de la siguiente apertura del punto de baño accesible, se lleve a cabo una inspección por personal técnicamente competente para comprobar la seguridad y operatividad de cada producto e instalación, así como la presencia, suficiencia y formación del personal adscrito al servicio.
La entidad reclama que cualquier elemento que se compruebe inseguro o no operativo sea retirado preventivamente, reparado o sustituido de forma inmediata por una solución equivalente, homologada y segura, sin que esta actuación suponga reducir los recursos existentes en otro punto de baño accesible.
CERMI-CV subraya además que la comprobación no debe limitarse a las sillas anfibias o a los productos utilizados para acceder al agua, sino que debe abarcar toda la cadena de accesibilidad: el acceso al punto de baño, las pasarelas, las zonas de transferencia, los aseos, vestuarios, duchas, la señalización y la información facilitada a las personas usuarias.
“La accesibilidad no termina con la existencia de una silla anfibia ni con la denominación de un punto como accesible. Debe funcionar toda la cadena: itinerarios, transferencias, productos de apoyo, personal formado, mantenimiento e información accesible”, ha afirmado Vañó.
Cinco días para certificar medios y mantenimiento
La denuncia solicita asimismo que el Ayuntamiento certifique en un plazo de cinco días hábiles cuál es el instrumento contractual vigente que regula el servicio, quién es la persona responsable de su ejecución, cuál es el inventario de productos de apoyo exigible y cuál es el efectivamente disponible en el punto de baño.
CERMI-CV pide también que se aporten los partes de mantenimiento, avería, incidencia y sustitución correspondientes a la temporada de 2026, con el objetivo de poder comprobar documentalmente las condiciones en las que se viene prestando el servicio.
La organización solicita, además, una visita técnica dentro de los diez días hábiles siguientes y, en caso de que se acrediten deficiencias, la elaboración de un plan corrector y preventivo en un plazo máximo de quince días hábiles.
Este plan debería incorporar controles diarios del servicio, un protocolo de continuidad para garantizar una respuesta adecuada en caso de averías o incidencias y una comunicación municipal clara y accesible para las personas usuarias.
CERMI-CV puntualiza que todos estos plazos son los solicitados institucionalmente por la entidad y que no se presentan como plazos establecidos legalmente ni como una constatación anticipada de la existencia de un incumplimiento.
Verificación del contrato vigente
La denuncia plantea también la necesidad de determinar qué contrato, prórroga, modificación o instrumento técnico resulta aplicable al servicio durante la temporada de 2026.
El Pliego de Prescripciones Técnicas incorporado al expediente 8326/2023, correspondiente al servicio adjudicado en 2024, contemplaba para cada una de las áreas identificadas como Carrer la Mar y Muchavista 1-Tobago la existencia de dos sillas anfibias homologadas, dos andadores y ocho muletas anfibias, además de otros productos de apoyo y de obligaciones relacionadas con su disponibilidad y mantenimiento y con la presencia de personal formado.
CERMI-CV ha solicitado al Ayuntamiento que certifique cuál es el instrumento contractual actualmente aplicable y que permita comprobar si los medios exigibles se encuentran efectivamente disponibles y en condiciones adecuadas de funcionamiento.
Toda la cadena de accesibilidad
La solicitud se apoya, entre otras normas, en la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados, y en la Ley 8/2024, de 30 de diciembre, de accesibilidad universal de la Comunitat Valenciana.
Estas normas regulan los puntos accesibles situados en los tramos urbanos de las playas, sus servicios y productos de apoyo y el mantenimiento continuado de las condiciones de accesibilidad.
Para CERMI-CV, la consideración de un punto de baño como accesible no puede limitarse a su denominación o a la mera existencia de determinados productos de apoyo, sino que exige que todos los elementos que permiten utilizarlo en condiciones de igualdad, seguridad y autonomía estén disponibles y funcionen correctamente durante la prestación del servicio.
Defensa colectiva y seguimiento
La actuación de CERMI-CV se formula en defensa colectiva de los derechos de las personas con discapacidad. La entidad deja constancia expresa de que no asume la representación de ninguna persona concreta relacionada con la incidencia comunicada y que tampoco solicita la divulgación de datos personales o relativos a la salud.
CERMI-CV ha ofrecido al Ayuntamiento de El Campello su colaboración técnica e institucional tanto para comprobar lo sucedido como para contribuir a mejorar el funcionamiento del servicio. ”Ofrecemos nuestra colaboración técnica e institucional para verificar los hechos y mejorar el servicio. Si la inspección acredita deficiencias, esperamos que se corrijan de forma inmediata, documentada y verificable; si no se corrigen, valoraremos las actuaciones administrativas e institucionales que correspondan”, ha concluido Luis Vañó.

